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Salvemos Cabana se reafirma en que la degradación ambiental de la mina de Touro y su entorno es un peligro para la salud humana y los ecosistemas

La plataforma remite nuevas pruebas a la Oficina del Defensor del Pueblo y se ciñe a los hechos observables en este complejo abandonado cercano a Santiago, con graves problemas de seguridad y restauración.

Vertido minero en las inmediaciones de la localidad de Touro
La mina de Touro, de más de 600 hectáreas de extensión, fue explotada por la empresa Río Tinto en el período 1974-1988 para la extracción de cobre, aunque también se extrajeron pequeñas cantidades de oro a partir del concentrado.

Dicho proyecto fue operado a cielo abierto sin ningún tipo de restauración posterior y tras su abandono a finales de la década de 1980, no existió un control significativo por parte de las autoridades de la Xunta, derivando en la oxidación de los sulfuros metálicos presentes en el mineral en contacto con los elementos y provocando un grave problema ambiental de Drenaje Ácido de Mina (DAM) que supone un riesgo para la salud de las personas, pues la población más cercana se encuentra a escasos metros del complejo.

LA COMUNIDAD CIENTÍFICA Y LA SITUACIÓN REAL EN TOURO

Por otra parte, la asociación rechaza categóricamente que el criterio de la comunidad científica sea unánime en relación a la situación del complejo minero, pues abundan las investigaciones que hablan de los efectos perniciosos provocados por la actividad minera a cielo abierto.

Así, en artículos como el de Calvo de Anta y Pérez Otero, "Evolución Mineralógica en medios afectados por contaminación ácida", se señala que las minas de Touro "tienen una considerable extensión de escombreras de material pedregoso" y que "la alteración de este material incluye procesos de oxidación muy complejos" que están dando lugar a la "movilización de sulfatos y elementos metálicos hacia los cauces fluviales y suelos del entorno".

 

AUSENCIA DE MEDIDAS DE SEGURIDAD

Así mismo, en el interior del complejo existe una evidente falta de medidas correctoras, tanto en el control del perímetro, que es inexistente, como en una de las balsas de residuos tóxicos hiperácidos, que está situada al borde de la carretera y en una de las entradas del complejo minero, carente de las más elementales medidas de seguridad y que mediante una tubería está drenando en dirección a los campos colindantes al pueblo, provocando un vertido continuo que deriva a varios afluentes del río Ulla.

UN CLARO INCUMPLIMIENTO DE LA LEGISLACIÓN

Por todo ello y a la vista de los hechos, la realidad es que se está incumpliendo de manera flagrante la legislación nacional e internacional, constituyendo un legado ambiental inasumible entre la pasividad de la Consellería e Industria de la Xunta de Galicia.

La Ley 3/2008, de 23 de mayo, de ordenación de la minería de Galicia, indica en su artículo 46.1 que “corresponde a la Xunta de Galicia, a través de la consejería competente en materia de minas, realizar las comprobaciones necesarias”, así como “el cumplimiento de la normativa minera aplicable”, y la adopción de medidas cautelares.

Normativas europeas esenciales, como la Directiva 20/60/CE, de Protección y Gestión del Agua persiguen “una mayor protección y mejora del medio acuático” mediante la supresión de vertidos y sustancias peligrosas y un “buen estado químico” del recurso hídrico y en la misma línea, la Directiva 2004/35/CE, de responsabilidad medioambiental, establece un marco común de responsabilidad con el fin de prevenir y reparar los daños causados a los hábitats naturales, la biodiversidad y los recursos hídricos, que también supongan un riesgo importante para la salud humana.

Por todo ello, cabe preguntarse si este es el concepto de 'minería sostenible' al que reiteradamente apelan la actual administración de la Xunta de Galicia y la Cámara Oficial Mineira y cual está siendo la consideración real de la salud humana en relación a las iniciativas desarrolladas desde el sector extractivista.

(24.3.2014)